Fichero de Fotografías
Soy un profesional dedicado a la fotografía y presto servicios en banquetes, celebraciones y bodas. Conservo una copia de las fotografías tomadas en los eventos ¿Incumplo esta normativa de protección de datos si lo hago?
Respuesta:
La normativa de protección de datos se aplica únicamente a los ficheros que contienen datos personales. La cuestión que nos planteas es simplemente dilucidar si estamos ante un fichero y si ese fichero contiene datos de carácter personal.
En primer lugar, las imágenes son consideradas datos personales al contener información concerniente a una persona física identificada o identificable. Tus fotografías contienen datos personales o imágenes de los asistentes a los eventos para los que eres contratado.
En segundo lugar, nos informas que mantienes una copia de las fotografías (ya sean digitales o no) y entendemos que esas copias las tendrás organizadas por eventos o de alguna otra forma.
Por lo tanto, estamos hablando de un conjunto organizado de datos de carácter personal, es decir, según los términos de la propia normativa, de un fichero de datos de carácter personal. Y sobre ese fichero, ineludiblemente, deben cumplirse todos el conjunto de obligaciones de la normativa de protección de datos.


