Comunicaciones de los Datos de los Trabajadores a una Asesoría

¿Existe algún requisito legal para comunicar los datos de nuestros trabajadores a la asesoría laboral que realiza las nominas y los seguros sociales?

Respuesta:

No es necesario obtener el consentimiento de los trabajadores para tratar sus datos personales en el marco de una relación laboral siempre y cuando ese tratamiento sea necesario para el cumplimiento y mantenimiento de la relación laboral, cuyo caso es el que se describe.
Tampoco es necesario obtener el consentimiento para que el tratamiento de sus datos los realice un tercero que nos presta este servicio, cuyo único requisito es que esta cesión de datos se produzca en el marco de un contrato de encargo de tratamiento de datos entre nuestra empresa y la asesoría laboral que trata esos datos.
Sí tenemos la obligación de informar al trabajador en la recogida de sus datos de la finalidad y tratamiento de datos que vamos a realizar e identificar los destinatarios de esa información (en este caso la asesoría).